Uno de los principales problemas a la hora de la postproducción de un corto viene a la hora de querer darle el empaque final a través de la música. Hoy por hoy es muy complicado desligar cine y música y si bien a veces se hace un uso excesivo de la misma, es cierto que ésta ayuda tanto a la parte narrativa como al ritmo del propio corto. Normalmente cuando un director realiza un corto y aspira a difundirlo o a participar en algún tipo de festival o concurso, surge la duda de si meter o no música y los riesgos que ello conlleva con la actual normativa en lo que a derechos de autor se refiere y a la gran presión que organizaciones como la SGAE ejercen en todos los ámbitos de nuestra vida cotidiana. Está claro que si nos cobran un canon al comprar un ordenador, otro por cds y dvds vírgenes, otro por reproductores mp3, lo harán con más motivo si utilizamos música de un autor que no seamos nosotros mismos (y a saber). Así que ¿qué opciones tenemos? Aunque no exista un reconocimiento legal, hay fórmulas de común acuerdo entre autores como todo el movimiento en torno al llamado Copyleft (en oposición al Copyright), una iniciativa que promueve un uso autorizado de cualquier tipo de obra (artística, científica, periodística…), sin que por ello exista una obligación expresa de pagar determinados costes, como los derechos de autor o los derechos de reproducción, etc. Es el autor de cada obra el que establece las condiciones del uso sobre la misma. En base a esta iniciativa existen grupos y autores musicales que ofrecen su obra a cambio de ser nombrados como autores de la misma en los créditos o bien a cambio de un porcentaje de los beneficios que nuestro corto pudiese generar. Una opción más que razonable en un momento en el que incluir un segundo de una canción puede costar en torno a 6-8 euros. Si hacemos un cálculo para una canción corta de 3 minutos, a 6 euros por segundo, sale un precio de 1080 euros. Seguramente el incluir esa canción salga más caro que todo lo que haya podido costar el cortometraje. Existen páginas web como Copyleft Music, Jamendo, Prision Soup Records, AMI, Musicleft o grupos como Sonus Delay que ofrecen música libre así como artículos sobre el tema en cuestión.
Y es que, si somos objetivos, cada autor, debería poder determinar en base a qué condiciones cede su obra a terceras personas según su uso, su posible rentabilidad, etc. y no una entidad de gestión como la SGAE que funciona como una empresa privada pero con el amparo y las ventajas de un organismo público, que es cierto que defiende los derechos de autor y lucha contra la piratería, que es algo básico, pero que no debería imponerse a los propios autores en lo que al uso de su obra se refiere.
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Muchas gracias por la información.
ResponderEliminarLa necesitaré para mi próximo corto.
Saludos
Mil gracias, tomamos nota
ResponderEliminarGracias, chic@s.
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